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title: "La Justicia frenó por seis meses el cierre de Vialidad Nacional dispuesto por Milei"
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description: "La jueza Martina Forns suspendió por seis meses la aplicación del decreto presidencial que ordenaba la disolución de Vialidad Nacional, al hacer lugar a una cautelar presentada por el gremio Sevina."
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date_published: "2025-07-17T16:22:00-03:00"
date_modified: "2025-07-17T16:27:12-03:00"
tags:
  - "Justicia"
  - "Nacionales"
  - "Vialidad Nacional"
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category_description: "Noticias de actualidad en Joaquín V. González, El Quebrachal, Las Lajitas, Apolinario Saravia, El Galpón, Metán, Río Piedras, El Tala, Rosario de la Frontera, Salta"
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# La Justicia frenó por seis meses el cierre de Vialidad Nacional dispuesto por Milei

![Vialidad Nacional](/download/multimedia.normal.acd7b5eaceb712b3.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

La **Dirección Nacional de Vialidad no podrá ser disuelta**, al menos por los próximos seis meses. Así lo dispuso la jueza en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal de San Martín, **Martina Forns**, quien hizo lugar parcialmente a una medida cautelar de no innovar presentada por el Sindicato de Empleados de Vialidad Nacional (Sevina), en el marco del decreto 461/2025 firmado por el Poder Ejecutivo Nacional el pasado 8 de julio.

La resolución judicial ordena al Estado Nacional que **se abstenga de ejecutar cualquier acto administrativo derivado del decreto**, que contemplaba la disolución definitiva del organismo vial. También impide la adopción de medidas como reubicaciones, cesantías, traslados, pases a disponibilidad o supresión de estructuras vinculadas a Vialidad Nacional.

*“Teniendo en cuenta que en esta etapa preliminar del proceso se verifican circunstancias graves y objetivas, ello justifica el dictado de una medida cautelar de no innovar, a fin de evitar perjuicios irreparables y preservar el statu quo hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo”*, expresó la magistrada en su fallo.

En su resolución, la jueza Forns fundamentó la medida en principios de derecho constitucional y laboral, al señalar que tanto la Constitución Nacional como convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) —con jerarquía constitucional en el país— impiden que el Estado, en su carácter de empleador y regulador, modifique de forma unilateral condiciones laborales establecidas por normas colectivas vigentes. En particular, citó los convenios N.º 87, 98 y 151 de la OIT.

La presentación judicial del gremio Sevina había solicitado también que se declare **la nulidad e inconstitucionalidad del decreto presidencial**, pero la jueza consideró que ese análisis exige un estudio más profundo y complejo, con producción de prueba y debate en etapas posteriores del proceso.

### Alcance de la medida

La medida cautelar tendrá vigencia por un plazo de seis meses, durante el cual el Poder Ejecutivo no podrá avanzar con ninguna acción vinculada a la eliminación del organismo. El decreto 461/2025 formó parte del plan de reestructuración del Estado impulsado por el gobierno de**Javier Milei**, que contempla la reducción de entes, empresas y organismos públicos.

La decisión judicial representa un freno provisorio a esa iniciativa en uno de los sectores clave de la infraestructura nacional, con impacto directo en las obras viales, el mantenimiento de rutas y la situación laboral de cientos de trabajadores.

Ahora, el expediente continuará con la tramitación de fondo, donde se evaluará la validez constitucional del decreto y su impacto sobre los derechos laborales vigentes. Mientras tanto, Vialidad Nacional seguirá operando sin alteraciones durante al menos medio año.

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