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title: "La Justicia analiza el primer amparo colectivo contra el mega DNU de Milei"
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description: "Un juzgado federal admitió analizar la validez del decreto de desregulación de la economía, a petición de una organización que presentó un amparo colectivo contra la medida del presidente Javier Milei."
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date_published: "2023-12-24T00:14:00-03:00"
date_modified: "2023-12-24T00:18:07-03:00"
tags:
  - "Argentina"
  - "DNU"
  - "Judiciales"
  - "Milei"
  - "Política"
author_name: "José Alberto Coria"
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category_name: "Política"
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category_description: "Noticia política Salta Argentina"
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# La Justicia analiza el primer amparo colectivo contra el mega DNU de Milei

![DNU](/download/multimedia.normal.922b10967bdfd3a9.RE5VX25vcm1hbC53ZWJw.webp)

Un juzgado federal admitió analizar la validez del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de desregulación de la economía, a petición de una organización que presentó un amparo colectivo contra la medida del presidente Javier Milei. Se trata de la primera acción de este tipo contra el DNU 70/2023.

El Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N°2, a cargo de Esteban Furnari, resolvió admitir la acción iniciada por el Observatorio de del Derecho a la Ciudad como amparo colectivo, y en consecuencia, ordenar su inscripción en el Registro de Procesos Colectivos. La acción iniciada por el Observatorio del Derecho a la Ciudad en conjunto con los políticos Hugo “Cachorro” Godoy, Claudio Lozano y Rodolfo Aguiar, fue presentada el mismo día que se publicó el decreto en cuestión.

En la presentación argumentaron que la iniciativa constituye una "desviación de poder y un abuso de derecho público, por violar el principio republicano, la división de poderes, la democracia, el principio de reserva de ley y los derechos colectivos de la ciudadanía argentina a la participación en la dirección de los asuntos públicos directamente o a través de sus representantes”.

El objeto de la demanda pretende obtener la declaración de inconstitucionalidad y la nulidad absoluta del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023 y de toda normativa o acto que derive de su vigencia o que fue dictado en su cumplimiento, por violar la Constitución de la Nación Argentina (arts. 29, 33, 36, 76; art. 75, incisos 18 y 19, art. 99, inciso 3) y por constituir el ejercicio de facultades extraordinarias y facultades equivalentes a la suma del poder público.

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