Crimen organizado en Salta: cuándo deberán pedir prisión preventiva los fiscales

Judiciales08/10/2026Xiomara DíazXiomara Díaz

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Los fiscales penales de Salta deberán evaluar con especial rigor los riesgos de fuga y de interferencia en las causas vinculadas con organizaciones criminales. La instrucción fue dispuesta por el procurador general de la Provincia, Pedro García Castiella, mediante la Resolución N.º 1770, que establece criterios para intervenir en estas investigaciones y solicitar medidas cautelares.

La disposición pone el foco en los recursos que estas estructuras pueden utilizar para eludir a la Justicia. Entre sus fundamentos, menciona la disponibilidad de dinero, la distribución de tareas y las redes de apoyo que podrían facilitar la fuga de una persona investigada o entorpecer la obtención de pruebas.

Por eso, la evaluación deberá hacerse sobre la situación particular de cada investigado: su vínculo con la organización, la función que cumple y los medios a los que efectivamente tiene acceso. Los fiscales tendrán que establecer de qué manera esas condiciones pueden favorecer una evasión o una maniobra para obstaculizar la causa.

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La protección de víctimas y testigos ocupa un lugar central en las nuevas directivas. Los fiscales deberán examinar si la organización tiene capacidad para ejercer presiones, amenazas o intimidaciones que alteren las declaraciones o condicionen la colaboración con la Justicia. También deberán considerar posibles maniobras para ocultar, modificar o destruir pruebas, coordinar versiones entre sus integrantes o dificultar nuevas diligencias.

En cuanto a la prisión preventiva, la resolución indica que los fiscales deberán pedirla ante el juez competente cuando existan elementos concretos que acrediten riesgos procesales y las medidas menos restrictivas sean insuficientes para neutralizarlos. Cada solicitud deberá estar fundada en las circunstancias de la causa.

La vinculación con una organización criminal no supone una detención automática durante el proceso. Según las pautas difundidas por la Procuración, ese vínculo debe analizarse junto con la participación individual de la persona investigada y los riesgos que hayan sido identificados.

El análisis tampoco quedará limitado al comienzo de la causa. Los fiscales deberán actualizar la evaluación durante la investigación, especialmente cuando surjan circunstancias que modifiquen la capacidad de la organización para interferir en el proceso.

La resolución también les indica que revisen las decisiones judiciales sobre medidas cautelares y presenten impugnaciones cuando haya fundamentos jurídicos suficientes.

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