Subsidios a la luz y el gas: ¿Quiénes quedarán excluídos de la ayuda?

La secretaría de Energía publicó antes de la audiencia pública de este jueves un documento con los detalles de los nuevos criterios de asignación de subvenciones, con eje en la Canasta Básica Energética (CBE).

Actualidad29/02/2024José Alberto CoriaJosé Alberto Coria
Luz y gas

La Secretaría de Energía anticipó los detalles de lo que será el nuevo esquema de asignación de subsidios a la luz y al gas que estudia el Gobierno de Javier Milei para aplicar desde mayo. Los criterios para acceder a la asistencia serán más restrictivos que los vigentes, por lo que muchos usuarios verán nuevos aumentos en sus facturas de energía durante los próximos meses por la quita de la asistencia.

El eje de la nueva política de subvenciones será la conformación de una Canasta Básica Energética (CBE) por la cual se determinará el consumo básico “para una vida digna” de electricidad y gas natural, dependiendo la zona bioambiental del país en la que resida cada usuario y la cantidad de integrantes del hogar.

La determinación de la CBE tendrá en cuenta los precios y tarifas vigentes en cada punto del suministro. El Estado subsidiará a los usuarios residenciales cuando el costo de esa cesta supere un porcentaje de los ingresos del “grupo conviviente” que será definido por Energía.

¿Quiénes quedan excluidos del subsidio?

Para minimizar los errores de ingresos no declarados, el Gobierno determinó que si el usuario cumple con alguna de estas condiciones, no podrá acceder al subsidio, más allá de que la CBE supere el porcentaje de ingresos determinado por la Secretaría:

a. Titularidad de una aeronave.
b. Titularidad de embarcación de lujo o con fines recreativos.
c. Titularidad total de dos o más inmuebles.
d. Titularidad de al menos un automóvil con una antigüedad inferior a 5 años o dos automóviles con una antigüedad menor a 10 años.
e. Titularidad de al menos un automóvil de lujo o colección independientemente de la antigüedad que registra.
f. Titularidad de medicina prepaga no vinculada a empleo en relación de dependencia (total o por derivación).
g. Más de una salida a países no limítrofes en los últimos 5 años.
h. Pertenencia al directorio o ser propietario de una empresa privada (IGJ).
i. Consumos en tarjeta de crédito superiores a cinco Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM), lo que equivale a $1 millón.
j. Compra de moneda extranjera en al menos uno de los últimos tres meses.
k. Consumos en billeteras virtuales superiores a cinco Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM), lo que equivale a $1 millón.
l. Consumos en telefonía móvil superiores al 25% del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM), lo que equivale a $50,700 desde marzo. El valor del Salario Mínimo Vital y Móvil para marzo será de 202.000 pesos.

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