

La Justicia frenó cambios de la reforma laboral que podían impactar en empleados de comercio
Actualidad29/03/2026
Por Expresión del Sur
Una medida cautelar dictada por la Justicia Federal dejó en suspenso dos artículos de la Ley de Modernización Laboral que podían modificar aspectos sensibles para los empleados de comercio, uno de los sectores con mayor cantidad de trabajadores registrados también en el interior salteño.
La resolución fue emitida por el Juzgado Federal N° 2 de San Martín y suspendió provisoriamente la aplicación de los artículos 131 y 133 de la norma en el ámbito del gremio mercantil, manteniendo vigente el esquema actual del Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 y también el sistema de aportes sindicales que hoy se descuenta en el sector. La cautelar fue concedida por un plazo inicial de seis meses.


Qué significa en la práctica
Aunque el fallo se originó lejos de Salta, su alcance genera atención en todo el país porque el sector mercantil es uno de los más numerosos y atraviesa también a ciudades como Metán, Rosario de la Frontera, Joaquín V. González o El Quebrachal, donde buena parte del empleo formal está ligado al comercio.
En términos concretos, la decisión judicial evita —por ahora— que entren en vigencia cambios que podían alterar dos cuestiones centrales:
- la continuidad de cláusulas de convenios colectivos una vez vencidos;
- y el régimen de aportes o contribuciones solidarias vinculadas a la actividad sindical.
Es decir, para los trabajadores de comercio se mantiene el esquema que ya venía funcionando y no se aplican, por el momento, las modificaciones previstas por la reforma laboral en esos puntos.
Por qué le puede importar al interior
En localidades del sur provincial, donde el empleo privado muchas veces depende de supermercados, corralones, tiendas, estaciones de servicio, distribuidoras, locales gastronómicos o comercios familiares, cualquier cambio en el convenio mercantil o en el esquema de representación sindical genera atención inmediata.
No se trata sólo de una discusión sindical. También impacta en temas que para muchos trabajadores son concretos:
cómo se liquidan algunos conceptos, qué cobertura se sostiene, cómo se negocian condiciones laborales y qué estructura gremial sigue funcionando.
Por eso, el fallo fue leído como una señal de alivio por parte del sector sindical, que advirtió que la aplicación inmediata de esos artículos podía abrir un escenario de incertidumbre en plena negociación laboral.
Qué se mantiene vigente
Con la cautelar, sigue plenamente vigente el Convenio Colectivo 130/75, que es el que regula gran parte de la actividad mercantil en el país, junto con sus acuerdos derivados. También se mantiene el sistema actual de retención y depósito de las contribuciones solidarias que hoy forman parte del esquema del sector.
Desde el gremio sostuvieron que esto también preserva el funcionamiento de servicios ligados a la actividad sindical, entre ellos la cobertura de OSECAC, además de otras prestaciones vinculadas a salud y asistencia.
Un fallo que abre otra etapa
Más allá del alcance puntual, la decisión judicial muestra que la reforma laboral ya empezó a tener sus primeras disputas concretas en los tribunales. De hecho, en otros frentes judiciales hubo resoluciones distintas, incluso rechazos a cautelares promovidas por la CGT, lo que refleja que el escenario sigue abierto y con fuerte disputa legal.
Por ahora, para el universo de empleados de comercio, el mensaje es uno: no habrá cambios inmediatos en esos dos puntos de la reforma y seguirá rigiendo, al menos por el momento, el esquema laboral que ya venía aplicándose.


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