“Vote sencillo, vote amarillo”: Salta pone límites a la publicidad de Olmedo

Política01/10/2026Xiomara DíazXiomara Díaz

Olmedo

El Concejo Deliberante de Salta aprobó una ordenanza que prohíbe difundir publicidad y propaganda desde aeronaves cuando los mensajes puedan escucharse desde el suelo dentro del municipio. La decisión, tomada el miércoles 30 de septiembre, alcanza tanto a los anuncios comerciales como a las campañas políticas.

Entre las prácticas comprendidas está la promoción electoral que Alfredo Olmedo realizaba con su avioneta amarilla. Durante sus campañas, el dirigente recurrió a vuelos sobre distintos sectores de la capital para difundir la consigna “Vote sencillo, vote amarillo”. La prohibición aprobada comprende ese tipo de mensajes amplificados desde el aire.

El proyecto fue presentado por el concejal Gustavo Farquharson y declara al espacio aéreo sobre el territorio municipal como “Ambiente Sonoro Protegido”. El edil explicó que la iniciativa surgió de reclamos vecinales y aclaró que regula las emisiones de los altoparlantes, sin intervenir en las rutas de vuelo ni en las competencias nacionales sobre aviación.

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La protección del descanso, la salud y la intimidad figura entre los fundamentos de la medida. El proyecto contempla especialmente a las personas con hipersensibilidad sensorial y con trastornos del espectro autista, además de la preservación de la fauna urbana.

Quedan exceptuadas las comunicaciones relacionadas con seguridad pública, Defensa Civil, operativos sanitarios justificados y emergencias. Para controlar el cumplimiento, el Ejecutivo municipal deberá designar una autoridad de aplicación y habilitar canales gratuitos y accesibles para recibir denuncias.

Ante una infracción detectada mientras ocurre, el organismo responsable deberá identificar la matrícula o el registro de la aeronave, notificar al responsable y ordenar la suspensión preventiva e inmediata de la difusión sonora.

El régimen también establece responsabilidad solidaria para el anunciante o beneficiario del mensaje, el titular de la aeronave y quien la pilote. El texto aprobado prevé su reglamentación y un plazo de 30 días para el cese y la adecuación de las actividades alcanzadas.

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