Violencia de género en Río Piedras: condenado por lesiones y amenazas

Un hombre de 49 años fue condenado a un año de prisión condicional por lesiones agravadas y amenazas contra su expareja en Río Piedras. La Justicia impuso además normas de conducta por dos años y la extracción de material genético para el banco correspondiente.

Judiciales08/08/2025Por Expresión del SurPor Expresión del Sur
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En la audiencia oral realizada ante la Sala II del Tribunal de Juicio del Distrito Judicial del Sur, el fiscal penal subrogante Gonzalo Gómez Amado, en representación del Ministerio Público Fiscal, expuso la acusación contra un hombre de 49 años imputado por los delitos de lesiones agravadas por el vínculo y por motivo de género, en concurso real con amenazas.

El hecho ocurrió el 18 de noviembre de 2023 en la localidad de Río Piedras, cuando el imputado, en estado de ebriedad, ingresó al domicilio que compartía con su expareja y, sin motivo aparente, le propinó un golpe de puño en la boca. Posteriormente, ejerció violencia física mediante golpes con un cinturón en la espalda y en las extremidades inferiores. Luego, procedió a encerrar a la víctima en la vivienda antes de retirarse.

En horas de la madrugada del día siguiente, el acusado regresó al inmueble y profirió nuevas amenazas contra la mujer. Bajo coacción, le permitió desplazarse hacia la ciudad de Metán para ejercer su derecho al sufragio, condicionando su retorno.

Ante el temor fundado por las amenazas recibidas, la damnificada decidió no regresar al domicilio. El informe médico forense registró lesiones compatibles con el relato, entre ellas hematoma en el labio superior, escoriaciones en el brazo derecho y un hematoma en el glúteo izquierdo.

El juez de la causa, Sebastián Fucho, resolvió imponer al condenado la pena de un año de prisión de ejecución condicional, además de establecer un régimen de normas de conducta restrictivas por el término de dos años. Asimismo, dispuso la extracción de material genético para su inscripción en el Banco Nacional de Datos Genéticos, conforme a la asignación previa del Dato Único de Identificación Genética (DUIG).

Este fallo se enmarca en el cumplimiento de la Ley N° 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, y pone de relieve la respuesta judicial frente a conductas que vulneran la integridad física y psicológica en el ámbito familiar y de pareja.

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