Cambio en los apellidos: los hijos pueden llevar primero el apellido de la madre

El Código Civil y Comercial modificó la forma tradicional de inscribir a los hijos. Hoy los padres pueden elegir libremente el orden de los apellidos desde el nacimiento.
Sociedad07/01/2026José Alberto CoriaJosé Alberto Coria
apellido de la madre

Durante décadas, en Argentina fue habitual que los hijos llevaran primero el apellido del padre. Sin embargo, esa práctica cambió con la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994), que reconoce la igualdad entre progenitores y permite decidir el orden de los apellidos al momento del nacimiento.

A partir de esta normativa, los padres pueden optar porque el apellido de la madre figure en primer lugar, sin necesidad de justificar la decisión ni enfrentar oposición legal. Incluso, la ley habilita a utilizar solo el apellido materno, según la voluntad familiar o cuando exista un único vínculo filial.

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El artículo 64 establece que el acuerdo se realiza directamente en el Registro Civil, al momento de la inscripción del nacimiento. Si ambos progenitores coinciden, el trámite es simple y no requiere intervención judicial. Solo en caso de desacuerdo, el orden se define mediante un sorteo.

La ley también fija que el orden elegido para el primer hijo debe mantenerse para los demás hijos del mismo matrimonio. En situaciones extramatrimoniales, cuando solo uno de los progenitores reconoce al hijo, este llevará su apellido.

En cuanto a cambios posteriores, el artículo 69 prevé la posibilidad de modificar nombre o apellido únicamente por justos motivos, con autorización judicial, salvo en casos de identidad de género o situaciones de desaparición forzada o alteración de identidad.

De esta manera, el nuevo marco legal deja atrás una costumbre arraigada y consolida un cambio cultural y jurídico, otorgando a las familias la libertad de decidir cómo se conforma la identidad de sus hijos desde el inicio.

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