

Una adolescente demandó a su madre por exponerla en redes sociales
Sociedad23/02/2026
Carolina SaraviaUn fallo del Juzgado de Familia de Gestión Asociada de Las Heras marcó un precedente en materia de derechos digitales y exposición de menores en redes sociales.
La jueza Carina Viviana Santillán ordenó a una madre cesar de inmediato la publicación de fotos, videos y cualquier contenido que muestre a su hija adolescente en redes sociales y servicios de mensajería, además de eliminar todo el material ya difundido.
Lo particular del caso es que la propia adolescente inició la acción judicial por derecho propio, con patrocinio letrado, bajo la figura de medida autosatisfactiva, un mecanismo urgente que busca una solución inmediata cuando están en juego derechos fundamentales.


El debate del “sharenting”
En su presentación, la joven denunció la exposición reiterada de su imagen por parte de su madre, práctica conocida como “sharenting”, y vinculó esa sobreexposición con situaciones de bullying escolar.
En la resolución, la magistrada remarcó que el derecho a la propia imagen es un derecho personalísimo y que, en este contexto, la protección debía ser inmediata. También sostuvo que la medida no restringe ilegítimamente la libertad de expresión, sino que prioriza derechos de mayor jerarquía como la intimidad, la integridad y el interés superior del niño.
Un precedente en tiempos de sobreexposición digital
El caso reabre una discusión cada vez más presente: ¿hasta dónde pueden los adultos decidir sobre la exposición digital de sus hijos?
El Código Civil y Comercial exige consentimiento para la difusión de la imagen. En el caso de menores, además, rige el principio de autonomía progresiva, que reconoce su capacidad de decidir sobre cuestiones que los afectan directamente.
Especialistas advierten que la exposición constante en redes puede generar vergüenza, pérdida de control sobre la identidad digital e incluso riesgos de seguridad, ya que una vez que una imagen circula en internet, su eliminación total es prácticamente imposible.
El fallo mendocino marca un límite claro: los derechos digitales de niños y adolescentes también deben ser respetados.


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