Imputados que tengan recursos deberán pagar honorarios si usan defensa oficial

La iniciativa nace a partir de la aprobación en Diputados de la modificación de la "Ley Orgánica del Ministerio Público" en su artículo 51. El proyecto fue aprobado y pasa al Senado en revisión.

Política13/03/2024Por Expresión del SurPor Expresión del Sur
Justicia
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En sesión ordinaria, la Cámara de Diputados de la Provincia aprobó el proyecto de modificación del artículo 51 de la Ley 7.328 – “Ley Orgánica del Ministerio Público” –. De esta forma, de aprobarse luego en el Senado, el imputado que decida optar por un Defensor Público Oficial – o si le fuese asignado – podrá acceder sin problemas al servicio de Justica sin importar su situación económica, sin embargo, el Ministerio Público podrá cobrar honorarios si el imputado que utilicen el servicio posee los medios suficientes para afrontar estos costos.

“En los procesos civiles, cuando el imputado requiere defensa oficial, debe demostrar insolvencia económica. En el ámbito penal esto no está contemplado y se propone que este acceso irrestricto a la Justicia, que se da conforme a normas de derecho internacional, se garantice”, describió Socorro Villamayor, diputada capitalina, al momento de informar sobre el proyecto.

La innovación que introduce la modificación, continuó, es que, en el caso en que el imputado haya sido acompañado durante todo el proceso por un defensor oficial y el Ministerio Público constate su solvencia económica, deberá pagar honorarios.

“Hay mucha gente que no es vulnerable económicamente y transita sus procesos con la defensa oficial”, advirtió la legisladora.

Finalmente, Villamayor aseguró que esta modificación no pretende limitar el acceso a la Justicia, sino que busca lograr igualdad entre las personas que más tienen y las que menos tienen.

El proyecto de ley fue aprobado y pasa al Senado en revisión.

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