


Cambian las normas para ingresar a trabajar en el Estado argentino
José Alberto Coria
El Gobierno avanzó este lunes con la reglamentación de una primera parte de la Ley Bases. El decreto puso en vigencia el capítulo de Reforma del Estado diseñado por Federico Sturzenegger, que incluye la reorganización administrativa, las privatizaciones y los cambios en el empleo público.
Con respecto a este último punto, se reglamentaron las bases para poner en marcha un nuevo sistema de ingreso al Estado y avanzar con las desvinculaciones, despidos y reubicación del personal estatal.
Uno de los principales puntos del texto es que para trabajar en el Estado se deberá aprobar una “Evaluación General de conocimientos y competencias, diseñada y reglamentada a tal efecto por la Autoridad de Aplicación, la que será anónima”.


“La máxima autoridad de la jurisdicción u organismo descentralizado al que corresponda el cargo concursado o sujeto a proceso de selección será responsable de la verificación del cumplimiento de los recaudos establecidos en el presente artículo, así como de las previsiones pertinentes de las normas sobre ética en el ejercicio de la función pública”, señala.
En la misma línea, indica que “en lo concerniente a las normas sobre ética en el ejercicio de la función pública y su aplicación respecto al presente artículo, cuando la Unidad de Recursos Humanos del organismo en que tramita el ingreso lo considere pertinente consultará a la Oficina Anticorrupción o el órgano competente, el que deberá expedirse dentro de los cinco días de efectuada la consulta”.
Sobre esta última cuestión, la reglamentación sostiene que, cuando la función a desempeñar lo requiera, las personas designadas tendrán que presentar una declaración jurada patrimonial y adjuntar sus antecedentes laborales.
Empleo público: apto psicofísico y proceso de disponibilidad
Por otra parte, sostiene que “no podrá efectuarse ninguna designación sin la correspondiente acreditación del certificado de aptitud psicofísica”.
Además, se autorizan las contrataciones ad honorem para la prestación de servicios de asesoramiento, “sin percepción de contraprestación alguna en concepto de retribución, salvo el derecho a que se le reintegren los gastos efectivamente ocasionados mediante las correspondientes rendiciones de cuentas”.
Además, se reglamenta el proceso de disponibilidad para los empleados. “Cuando un organismo o unidad se elimina o si se verifica que está sobredimensionada, el personal puede ser puesto en disponibilidad, durante este periodo cobrará el sueldo, dependiendo de su antigüedad, con un pago potencial de hasta 12 meses”.
Durante estos meses podrá capacitarse, y si consigue trabajo en el sector privado, la empresa podrá tomar a cuenta los sueldos del Estado y así se generará una oportunidad de reinserción rápida para estos trabajadores en el sector privado formal.
Fuente: Ámbito Financiero


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