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El Ministerio de Seguridad de la Nación, junto al Servicio Penitenciario Federal, anunció el programa Manos a la Obra, con el objetivo de que “todos los presos trabajen en las cárceles”.
Sociedad25/10/2024El vocero presidencial Manuel Adorni (La Libertad Avanza) publicó en su cuenta de X, el 17 de octubre último, el siguiente mensaje: “Hasta hoy la gran mayoría de los presos de Argentina cobraban un salario por estar en la cárcel. Ahora va a ser al revés: todos van a tener que trabajar”.
La publicación coincidió con la presentación por parte del Ministerio de Seguridad y el Servicio Penitenciario Federal (SPF) de un programa que tiene como objetivo “que todos los reclusos cumplan tareas laborales en las cárceles en las cuales se encuentran alojados”.
Pero, ¿qué reclusos cobran salarios, bajo qué condiciones y cuánto representan del total de la población carcelaria? Te lo contamos en esta nota.
La cartera a cargo de Patricia Bullrich anunció, junto al Servicio Penitenciario Federal, el programa Manos a la Obra. De momento, el anuncio no fue refrendado mediante ninguna resolución ni disposición ministerial, es decir que sólo se conoce lo anunciado mediante la gacetilla oficial.
Allí se menciona, en palabras de Bullrich, que el “objetivo es devolverle a la sociedad lo que se le quitó. No queremos volver a mandar un delincuente a la calle, pero tampoco queremos que los delincuentes, en vez de trabajar (…), aquí cobren un salario por no hacer nada. No vamos a aceptar esa injusticia, ni vamos a aceptar que el salario de una persona que sí trabaja en las cárceles sea igual o mayor al de aquella persona que ha hecho las cosas bien”. Y agregó: “Se terminó que todos los presos cobren sin trabajar”.
Por otro lado, el subsecretario de Asuntos Penitenciarios, Julián Curi, menciona que se está trabajando en dar de baja el cobro de pensiones por invalidez por parte de internos del SPF. Y Fernando Martínez, director del SPF, señaló que en el período 2020-2024, el presupuesto del ente cooperador penitenciario subió casi un 700% “con un solo objetivo, que era pagar un subsidio encubierto a los internos que no trabajaban y cobraban igual, con un presupuesto millonario”.
Chequeado consultó al Ministerio de Seguridad para conocer detalles de la iniciativa, pero hasta el momento de publicación de esta nota no obtuvo respuesta.
De acuerdo con la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad, el trabajo “es un derecho y un deber del interno”, y está sujeto a algunas condiciones: no puede imponerse como castigo ni ser denigrante o forzado; debe contribuir a la formación del interno, debe ser remunerado y respetando la legislación laboral y de seguridad social vigente.
No existe un sueldo o una bonificación o prestación por el hecho de ser preso o estar privado de la libertad, sino que es algo que surge del trabajo de los internos. De todas formas, trabajar en un empleo remunerado no exime al preso de realizar tareas generales del establecimiento que se determinen en los reglamentos internos. Estas prestaciones no son remuneradas, “salvo que fueren su única ocupación”.
En diciembre de 2014, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal resolvió que una persona detenida que trabaja debe tener los mismos derechos que establece la Ley de Contrato de Trabajo para los trabajadores en libertad incluyendo aguinaldo y vacaciones.
Por otro lado, la ley dispone que el sueldo del interno se divide de la siguiente manera: 10 % para indemnizar los daños y perjuicios causados por el delito; 35 % para la prestación de alimentos; 25 % para costear los gastos que causare en el establecimiento; y 30 % para formar un fondo propio que se le entregará a su salida.
Además, la normativa dispone que “si los bienes o servicios producidos se destinaren al Estado o a entidades de bien público, el salario del interno no será inferior a las 3 cuartas partes del salario mínimo vital móvil. En los demás casos o cuando la organización del trabajo esté a cargo de una empresa mixta o privada la remuneración será igual al salario de la vida libre correspondiente a la categoría profesional de que se trate”.
El Informe Anual de 2023 de la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN) señala que, “por fuera de esa regulación formal”, la administración penitenciaria “ha decidido que todo trabajo realizado dentro de una prisión es destinado al Estado Nacional o a entidades de bien público y, por eso, decide el pago de remuneraciones de acuerdo al SMVM. Además, desde 2010, ha eliminado la distinción entre las remuneraciones de procesados y condenados, equiparando a ambos en remuneraciones iguales al SMVM”.
Por otro lado, en 2011 la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró que es inconstitucional la detracción del 25% del sueldo del interno para costear los gastos que causare dentro del establecimiento.
El comunicado del Ministerio de Seguridad sostiene que el relevamiento que hizo la actual gestión “demostró que solo estaba ocupada el 34% de la capacidad laboral, cuando se puede alcanzar más del 60%”.
Sin embargo, los datos difieren con los del informe de 2023 del Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución Penal (SNEEP). Este relevamiento anual destaca que el 72% del total de la población penal en el ámbito del SPF, estimada en 11.226 personas, tiene un trabajo remunerado. Analizado como parte de la población total, el 43% trabaja hasta 40 horas semanales; un 20%, hasta 30 horas semanales; un 5%, hasta 20 horas semanales; y un 4% hasta 10 horas semanales.
Por su parte, la última versión disponible del reporte diario del SPF, con datos al 18 de octubre, estima que el 65,3% de la población penal tiene trabajo, lo que equivale a 7.670 reclusos. Por su parte, en el Informe Anual de 2023, la PPN estimó que la tasa de ocupación en el SPF es de 69,3 cada 100 detenidos.
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