


La Corte de Justicia respaldó la bonificación eléctrica en zonas cálidas de Salta
Xiomara Díaz
La Corte de Justicia de Salta ratificó los criterios empleados por el Ente Regulador para implementar la bonificación de tarifa eléctrica en zonas cálidas. El fallo rechazó una acción popular de inconstitucionalidad presentada contra la Resolución 192/23 del Ente, la cual establece una reducción del 30 % en el servicio de energía eléctrica para usuarios de los los departamentos de San Martín, Oran, Anta, Rivadavia y los municipios de La Candelaria, El Potrero y el Galpón, durante los meses de noviembre a marzo.
La demanda, interpuesta por la empresaria oranense Silvia Jarzún, argumentaba discriminación al excluir a las categorías comerciales del beneficio otorgado a las residenciales. Sin embargo, el Tribunal de Justicia desestimó la demanda y respaldó los criterios del Ente Regulador, considerando que actuó dentro de sus facultades reglamentarias y en línea con el propósito de la bonificación para zonas cálidas.
La Corte afirmó que el subsidio es una medida para garantizar la igualdad y que la delimitación realizada por el Ente es razonable y equitativa, en consonancia con los principios tarifarios y la naturaleza de los subsidios. Además, señaló que los beneficios están dirigidos a usuarios residenciales en zonas con altas temperaturas, reflejando la voluntad estatal de asistir a los residentes en estas áreas.


El fallo destaca que el Ente estableció límites razonables al beneficiar a los consumidores finales sobre aquellos que utilizan el servicio con fines comerciales. Esta decisión se enmarca en la legislación provincial que establece los principios para la prestación de servicios públicos, incluida la energía eléctrica, y crea el Ente Regulador con las potestades necesarias para su supervisión y regulación.


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