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La Justicia Federal ordenó al PAMI restablecer la cobertura total de medicamentos en todo el país, al hacer lugar a una acción colectiva que denunció restricciones en el acceso al programa “Vivir Mejor”.
Actualidad30/10/2025
Por Expresión del Sur
El Juzgado Federal N° 2 de Mendoza, a cargo del juez Pablo Oscar Quirós, resolvió que el PAMI deberá restituir la cobertura del 100% en medicamentos a todos sus afiliados, medida que regirá con alcance nacional. La decisión judicial se dictó en el marco de una acción colectiva promovida por la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), que denunció una reducción en el acceso al programa “Vivir Mejor”, vigente desde 2020.


La resolución suspende las disposiciones internas emitidas por el organismo durante 2024, mediante las cuales se había limitado el beneficio únicamente a los jubilados que acreditaran determinados niveles de ingresos y patrimonio. Según el fallo, dichas exigencias configuraban una restricción arbitraria y desproporcionada, que afectaba el derecho de los adultos mayores a recibir asistencia sanitaria en condiciones de igualdad.
A partir de esta orden, el PAMI deberá volver a entregar los medicamentos esenciales incluidos en su vademécum sin requerir documentación socioeconómica adicional, restituyendo el régimen anterior de cobertura plena. El magistrado fundamentó su decisión en que el Estado posee mecanismos propios para verificar la situación de cada beneficiario, sin trasladar esa carga al afiliado.
La medida beneficia a más de cinco millones de jubilados y pensionados en todo el país, que dependen de la obra social nacional para acceder a tratamientos crónicos y de alto costo. En los fundamentos, el juez Quirós señaló que “el acceso a los medicamentos constituye un componente esencial del derecho a la salud” y que las resoluciones impugnadas “afectaban el principio de no regresividad en materia de derechos sociales”.
La APDH celebró la decisión judicial y destacó que la medida “restaura un derecho vigente desde hace más de una década, cuya limitación había generado un perjuicio directo a los sectores más vulnerables”. La organización había promovido presentaciones similares en distintas jurisdicciones del país, lo que derivó en la unificación del tratamiento judicial y la extensión de los efectos del fallo a todo el territorio nacional.
El programa “Vivir Mejor”, creado en 2020, garantiza la provisión gratuita de medicamentos esenciales para patologías prevalentes, especialmente cardiovasculares, respiratorias, metabólicas y oncológicas. Las modificaciones introducidas por el PAMI en 2024 habían incorporado criterios de exclusión basados en ingresos, que ahora quedaron sin efecto.
El organismo, actualmente conducido por Esteban Leguízamon, dispone de diez días hábiles para presentar un informe ante el juzgado. Se prevé que interpondrá un recurso de apelación, aunque este trámite no suspenderá la ejecución de la medida, que deberá cumplirse de inmediato.
Fuentes judiciales recordaron que la Cámara Federal de Mendoza ya había sancionado al PAMI en causas anteriores por incumplir medidas cautelares similares, aplicando multas diarias a la institución y a sus funcionarios. En esta oportunidad, el fallo busca garantizar la continuidad del suministro y preservar la cobertura plena para todos los afiliados del sistema en la Argentina.



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