Transferencias desde Billeteras Virtuales: cuáles se deben informar a la AFIP

Desde 2019, las billeteras virtuales están obligadas a informar a la AFIP los movimientos y saldos de las cuentas cuando superan ciertos montos.

Economía 06/05/2024 José Alberto Coria José Alberto Coria
Transferencias Billetera Virtual

Desde 2019, las billeteras virtuales están obligadas a informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) los movimientos y saldos de las cuentas cuando superan ciertos montos.

Sin embargo, a diferencia de lo que publicaron algunos medios, no hubo ninguna novedad respecto a este punto en los últimos días: los montos a partir de los cuales las billeteras virtuales deben informar a la AFIP no cambiaron a partir del 1º de mayo, sino que son los vigentes desde abril de 2023.

Así lo aseguraron desde el sector de Prensa del organismo: “No se establecieron nuevos límites. La última actualización fue el 19 de abril del 2023, vigente a partir del 1 de mayo del 2023. No cambió nada”.

Del mismo modo, Sebastián Domínguez, contador público y socio de SDC asesores tributarios, señaló a Chequeado que los montos que circularon en los últimos días son los del año pasado y que “la AFIP no comunicó nada nuevo respecto a este tema”. 

En la actualidad, existen 3 montos a informar: cuando los ingresos o egresos mensuales -excepto transferencias- superan los $120 mil, cuando los saldos en la cuenta al finalizar el mes superan los $200 mil y cuando las transferencias virtuales superan los $400 mil. 

Aquí te contamos qué tenés que saber acerca de lo dispuesto por la AFIP. 

¿Se pueden realizar transferencias desde o a las billeteras virtuales que superen estos valores?

Sí, se pueden realizar. Consultada por este medio, Gabriela Russo, presidenta del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires -que nuclea a contadores, actuarios, licenciados en Administración y en Economía-, respondió: “Se pueden recibir transferencias por cualquier importe. En caso de superar las sumas contempladas en el Régimen de Información serán reportadas a la AFIP”.

Por este motivo, como explicó en este hilo de X la cuenta Blog del Contador -que pertenece al contador Marcos Felice- “es importante siempre poder justificar esos movimientos”.

¿Qué hace la AFIP cuando mi actividad supera los montos descritos?

Los bancos y los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) le informan al Fisco Nacional los movimientos de los usuarios de las billeteras virtuales. Con esa información, se cruzan los datos con lo declarado impositivamente. 

“En caso de no ser consistentes se inicia un proceso de fiscalización”, señaló Russo. 

La AFIP posee distintos tipos de fiscalizaciones y pueden iniciarse a través de 3 maneras: citaciones, verificaciones o inspecciones.

En el primer caso, se cita al contribuyente para que brinde las respuestas y/o exhiba la documentación que le sean requeridas. En el segundo caso, se envía al contribuyente un requerimiento por escrito, en donde se le otorga un plazo para que responda sobre inconsistencias detectadas a fin de aportar la documentación requerida. Y en el caso de una inspección, se inicia un proceso de revisión, control y verificación que recae sobre los contribuyentes y, generalmente, ocurre en su domicilio. 

¿Tengo que hacer alguna declaración jurada a AFIP?

No. “La información respecto de las transacciones alcanzadas por el régimen informativo están a cargo de las administradoras de billeteras virtuales”, aclaró Russo con respecto a este punto. 

Por su parte, el usuario Blog del Contador explicó que esta medida no requiere ningún trámite particular. “Solamente tendrás que declarar lo que corresponda a tu condición impositiva”, agrega. 

¿Qué pasa si realizás transferencias con familiares o amigos? 

“Deberás justificar que no son movimientos que impliquen actividad económica en caso que AFIP te fiscalice, cosa que puede suceder si son montos considerables”, explica el Blog del Contador. 

Esta cuenta de X, además, agrega: “Como siempre pasó, pasa y seguirá pasando, todo movimiento de dinero requiere justificación ante el fisco. Nada nuevo”.

Con info de Chequeado

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